Solicitar Tarjeta Sanitaria Europea en Valle de la Serena

Aquí vamos a ofrecerle una lista con todas las delegaciones o Centros de Atención e Información de la Seguridad Social que los ciudadanos tienen a su alcance en el municipio de Valle de la Serena. Si quiere obtener la Tarjeta Sanitaria Europea en Valle de la Serena, el primer paso será elegir un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social. En la siguiente página le mostramos toda la información que necesita para realizar el trámite.

No olvide que puede usar el mapa más abajo para ver las oficinas del CAISS en las proximidades de esta localidad.

Centros de Atención e Información del INSS cerca de Valle de la Serena donde solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea

Bajo este texto encontrará un mapa donde puede ubicar los distintos Centros de Atención e Información de la Seguridad Social próximos a Valle de la Serena donde obtener la Tarjeta Sanitaria Europea de manera gratuita. También podrá ver un listado, clasificado por distancia, de las oficinas más cercanas a esta localidad.

  • C/ Alonso Martín, 8, Don Benito 06400 (Badajoz)
    29,6 kms
  • C/ Carolina Coronado, 14, Azuaga 06920 (Badajoz)
    49,9 kms
  • C/ Vistahermosa, 18, Almendralejo 06200 (Badajoz)
    52,3 kms
  • C/ Vicente Aleixandre, s/n, Feria 06800 (Badajoz)
    52,4 kms
  • Avda. Tierno Galván, s/n, Navalvillar de Pela 06760 (Badajoz)
    52,4 kms
  • C/ Luis Chamizo, 13, Zafra 06300 (Badajoz)
    61,7 kms
  • C/ Arenal, 12, Peñarroya-Pueblonuevo 14200 (Córdoba)
    64,5 kms
  • C/ Antonio Blázquez, 105, Almadén 13400 (Ciudad Real)
    84,3 kms
  • C/ San Juan Bautista de la Salle, 10, Trujillo 10200 (Cáceres)
    84,3 kms
  • C/ La Plazuela, 12, Cazalla de la Sierra 41370 (Sevilla)
    85,6 kms
  • Preguntas frecuentes sobre la Tarjeta Sanitaria Europea en Valle de la Serena


    • ¿Durante cuánto tiempo es válida la TSE?

      La Tarjeta Sanitaria Europea tiene una duración máxima de 2 años, por norma general. Ahora bien, algunas eventualidades pueden afectar a este plazo, como el hecho de ser de una persona catalogada como ciudadano sin recursos económicos (90 días), encontrarse cobrando alguna prestación (mientras ésta dure) o si se disfruta de algún permiso de residencia (mientras dure este permiso).

    • Viajo con un bebé, ¿necesito solicitar para él la Tarjeta Sanitaria Europea?

      Si usted viaja con un bebé, en principio no es imprescindible que éste sea beneficiario de la TSE, ya que se beneficiará de la cobertura sanitaria de los progenitores. Ahora bien, es posible tramitar la obtención de la tarjeta para el bebé sin problemas, visitando personalmente alguno de los Centro de Atención e Información de la Seguridad Social que podrá encontrar en esta web.

    • ¿En qué países tiene cobertura la Tarjeta Sanitaria Europea?

      La TSE proporciona cobertura sanitaria en los estados que pertenecen a la Unión Europea y que son miembros del espacio económico europeo: Malta, Austria, Bélgica, Hungría, Chipre, República Checa, Croacia, Luxemburgo, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Bulgaria, Irlanda, Italia, Letonia, España, Luxemburgo, Alemania, Países Bajos, Rumanía, Portugal, Reino Unido, Polonia, Suecia, Islandia, Liechtenstein y Noruega. A estos hay que añadir Suiza, que forma parte de este acuerdo de manera independiente y mediante una adhesión especial.

    • ¿Puedo obtener la TSE si he agotado mi prestación por desempleo?

      Los contribuyentes que han extinguido ya su prestación por desempleo u otros subsidios tienen hasta 90 días de cobertura al año por medio de un certificado provisional sustitutorio. Siempre que que se rebasen esos 90 días antes mencionados, se le va a tener como residente del estado miembro en que se encuentre, teniendo a su disposición los mismos derechos sanitarios que cualquier residente de ese país.

    • ¿Si ha finalizado mi prestación por desempleo también puedo obtener mi TSE?

      En este caso tiene usted cubiertos 90 días al año a través de un certificado provisional sustitutorio. En caso de rebasar estos 90 días, se le tendrá en cuenta como residente en el país al que haya viajado, teniendo derecho de acceso a los mismos servicios sanitarios que los ciudadanos de ese estado.